Cómo saber en qué régimen de pensión estoy ISSSTE

El régimen de pensión del ISSSTE determina cómo se calcula y proporciona la jubilación, enfocado en asegurar el bienestar futuro de los trabajadores y sus familias.

Contenido

Modalidades para obtener la Pensión

En el régimen de pensiones del ISSSTE, existen tres modalidades:

  • Renta Vitalicia: El pensionado contrata una aseguradora que le proporciona una pensión mensual de por vida.
  • Retiro Programado: Se establece un acuerdo con la AFORE para recibir pagos mensuales hasta que se agoten los fondos de la cuenta individual.
  • Pensión Garantizada: Establecida para aquellos que no reúnen los recursos suficientes en su cuenta individual para acceder a una renta vitalicia o retiro programado, asegurando un monto mínimo mensual.

¿En qué Régimen de Pensión estoy ISSSTE?

Los afiliados puedes consultar presencial, o en su defecto presencial en las delegaciones del ISSSTE.

Por Internet:

  1. Ingresa a la Oficina Virtual del ISSSTE.
  2. Crea un usuario o inicia sesión con tu cuenta.
  3. Ahora secciona  “Mi Expediente”.
  4. A continuación, haz clic en "Régimen Pensionario".
  5. El sistema te mostrará tu régimen y ofrecerá la opción de descargar esta información.

En Presencial:

Para determinar tu régimen de pensión del ISSSTE de manera presencial:

  1. Visita la oficina del ISSSTE más cercana, localízalo en el directorio ISSSTE.
  2. Lleva contigo los documentos vigentes necesarios.
  3. Solicita revisar tu estatus de régimen pensionario.
  4. Recibirás una notificación sobre el estado de tu solicitud.

Recuerda acudir a la AFORE para más detalles del estado de tu cuenta y posibles gestiones de retiros.

¿Cuántos Regímenes de pensión tiene el ISSSTE?

En el ISSSTE, principalmente existen dos regímenes de pensión: el Régimen de Cuentas Individuales (para quienes comenzaron a cotizar después de 2007) y el Régimen Décimo Transitorio (para aquellos afiliados antes de 2007). Además, se considera un régimen voluntario para aquellos que deseen aumentar su pensión mediante aportaciones adicionales.

Régimen de Cuentas Individuales

El Régimen de Cuentas Individuales del ISSSTE, establecido en 2007, se basa en la acumulación de recursos incluye una cuenta única por trabajador con aportaciones del patrón, el Gobierno Federal y el trabajador mismo.

Estos son los requisitos para solicitar la pensión:

<strong>Vejez:</strong>

Para quienes llegan a los 65 años con mínimo 25 años cotizados.

<strong>Cesantía en Edad Avanzada:</strong>

Para quienes tienen al menos 60 años y 25 años de cotización.

<strong>Retiro Anticipado:</strong>

El trabajador puede retirarse antes de la edad de jubilación, siempre que la pensión calculada supere el 30% de la garantizada, asegurando una pensión vitalicia suficiente.

Régimen Décimo Transitorio

El Régimen Décimo Transitorio del ISSSTE es para empleados afiliados antes del 31 de marzo de 2007. Calcula la pensión según el salario promedio de los últimos cinco años y el tiempo cotizado, los trabajadores pueden optar por este régimen si ya estaban cotizando antes del cambio en la ley.

Tipos de Pensión Directa:

<strong>Jubilación:</strong>

Debe tener de 28 a 30 años de cotización.

<strong>Edad y Tiempo de Servicio</strong>:

Tener 15 años de servicio y 60 años de edad.

<strong>Cesantía en Edad Avanzada: </strong>

Alcanzan la edad pero no el tiempo completo de servicio.

Régimen Voluntario

El régimen voluntario del ISSSTE permite a los trabajadores aumentar su pensión mediante aportaciones voluntarias. Estas contribuciones adicionales se invierten junto con las cotizaciones obligatorias, incrementando el saldo de la cuenta individual del trabajador y, por ende, el monto final de la pensión.

Para las pensiones de:

  • Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
  • Invalidez y Vida
  • Retiro

¿Se puede cambiar de Régimen en el ISSSTE?

Actualmente, no es posible realizar un cambio de régimen pensionario en el ISSSTE. La opción de elegir entre el régimen del artículo décimo transitorio y el bono de pensión ISSSTE cerró el 31 de diciembre de 2007.

Los nuevos trabajadores del ISSSTE quedan automáticamente asignados al régimen de cuentas individuales, según lo establece la legislación vigente.

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